El sector de los servicios auxiliares, que incluye funciones como información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones, cuenta con un nuevo marco regulador desde 2024: el II Convenio Colectivo Estatal de Servicios Auxiliares. Esta normativa establece mejoras salariales, define derechos laborales y fija condiciones de trabajo claras y homogéneas para miles de profesionales en España. Si trabajas o aspiras a trabajar en este ámbito, este artículo es para ti.
¿A quién afecta este convenio?
El convenio se aplica a todas las empresas y personas trabajadoras que desarrollen su actividad en tareas auxiliares de apoyo no técnico: control de accesos, vigilancia no habilitada, orientación al público, atención en eventos, comprobación de instalaciones, entre otros. Tiene ámbito estatal, por lo que rige en todo el territorio nacional.
Vigencia y duración
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Entrada en vigor: 30 de marzo de 2024
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Duración: Hasta el 31 de diciembre de 2026
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Incluye actualizaciones salariales anuales revisadas por la comisión paritaria.
Principales mejoras en 2025
El convenio incluye una subida salarial pactada para el año 2025, vigente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Las tablas salariales han sido revisadas, y se incorporan mecanismos de revisión ligados al IPC anual, con un tope del 2%.
Entre los conceptos retributivos establecidos destacan:
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Salario base actualizado
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Plus de transporte
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Plus de vestuario
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Complemento de responsabilidad (cuando se acreditan funciones superiores)
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Plus de idiomas (acreditado a partir del nivel B2)
Condiciones laborales destacadas
Jornada laboral
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La jornada anual es de 1.784 horas.
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Se regula la posibilidad de jornada irregular, con un máximo del 10% de distribución no regular.
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Las horas complementarias para contratos parciales están también previstas y reguladas con límites específicos.
Vacaciones y permisos
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31 días naturales de vacaciones anuales.
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Se incluyen permisos retribuidos por matrimonio, fallecimiento, cuidado de familiares, mudanza, deberes públicos, etc.
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Permisos ajustados a la proporción de jornada en contratos a tiempo parcial.
Igualdad y conciliación
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Refuerzo del compromiso con la igualdad de género y la protección frente a la violencia de género o el acoso.
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Medidas para conciliar vida laboral y familiar.
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Reconocimiento de derechos especiales a personas trabajadoras víctimas de violencia de género o terrorismo.
Seguridad y formación
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Formación continua obligatoria para ciertas funciones.
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Incorporación de medidas de prevención de riesgos laborales, incluyendo la protección ante desplazamientos y horarios nocturnos.
Requisitos para acceder a puestos regulados por este convenio
No se exige titulación superior, pero sí una formación básica y experiencia mínima, especialmente en labores de recepción, control de accesos o información. La posesión de un nivel acreditado de idiomas o habilidades tecnológicas (uso de escáneres, software de registro, etc.) puede suponer un valor añadido.
Tabla salarial orientativa (2025)
Categoría profesional | Salario base mensual | Plus transporte | Plus vestuario | Total bruto mensual |
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Auxiliar de servicios | 1.134 € | 78 € | 30 € | 1.242 € |
Responsable de equipo | 1.245 € | 78 € | 30 € | 1.353 € |
Plus idioma (B2 o más) | + 60 € (mensuales) | — | — | — |
Nota: Cifras aproximadas según la tabla publicada en el BOE. Los importes pueden variar en función de convenios complementarios de empresa.
Conclusión
El II Convenio Colectivo Estatal de Servicios Auxiliares representa un importante avance en la regulación del sector, aportando estabilidad, transparencia y derechos reforzados para miles de trabajadores en funciones clave en empresas, eventos, centros educativos, instalaciones deportivas o entornos administrativos. Su aplicación supone un paso firme hacia la profesionalización y dignificación del sector.