Sistemas de selección para llegar a ser funcionario del Estado

 

El acceso a los cuerpos de funcionarios o categorías laborales se realiza por medio de tres procedimientos:

1. Oposición

En este proceso el opositor ha de pasar las pruebas que establezca la convocatoria orientadas a determinar la idoneidad de los aspirantes.

Los programas de las pruebas de selección y, si es necesario, de los cursos de formación, han de corresponderse lo mejor posible con las materias que sean más adecuadas para el desarrollo posterior de las tareas a realizar.

A veces, las pruebas escritas se leen delante de los órganos seleccionadores, que están facultados para hacer preguntas a los aspirantes sobre las cuestiones que son objeto de la prueba.

También se pueden establecer entrevistas con los candidatos para evaluar la idoneidad del mismo respecto a las funciones genéricas que tendrá que realizar.

 

2. Concurso (tiene carácter excepcional)

La selección por concurso consiste en la valoración de los méritos, de acuerdo con los baremos incluidos en la convocatoria correspondiente, que ha de ser en todos los casos pública y libre.

El sistema de concurso sólo se puede utilizar para adquirir la condición de funcionario con carácter excepcional y sólo si se trata de proveer plazas especiales de los grupos A y B que, por razón de sus funciones y características y de la tecnificación requerida para su desarrollo, han de ser proveídas con personas de méritos relevantes y condiciones excepcionales.

3. Concurso-oposición

La selección por concurso-oposición consiste en la superación de las pruebas correspondientes y, si es necesario, del curso selectivo de formación, y también en la posesión previa, debidamente valorada, de determinadas condiciones de formación, de méritos o de niveles de experiencia.

En algunas convocatorias se piden cursos de formación o fase de prueba, que pueden tener carácter selectivo.

FORMACIÓN






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