La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda, como entidad pública empresarial, ha abierto un proceso selectivo con el fin de cubrir trece puestos de trabajo de Oficial de 2ª en Impresión-Timbre (nivel 9). Estas vacantes pertenecen al Departamento de Timbre y se ofertan bajo la modalidad de contrato laboral fijo.
Requisitos para participar en el proceso de selección
Las personas interesadas en optar a una de las plazas ofertadas deberán cumplir con los siguientes requisitos en la fecha límite de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la formalización del contrato:
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Nacionalidad:
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Ser ciudadano español.
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Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
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También podrán participar el cónyuge de ciudadanos españoles o de la UE, siempre que no exista separación legal, así como sus descendientes menores de 21 años o mayores si dependen económicamente de ellos.
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Personas amparadas por tratados internacionales ratificados por España que contemplen la libre circulación de trabajadores.
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Ciudadanos de terceros países con permiso de trabajo y residencia legal en España.
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Formación académica:
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Disponer de un título de Ciclo Formativo de Grado Medio dentro de la familia profesional de Artes Gráficas o una titulación equivalente legalmente reconocida.
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En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, será necesario presentar la correspondiente credencial de homologación, salvo para quienes ya cuenten con el reconocimiento profesional conforme a la normativa europea aplicable.
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También podrán optar quienes acrediten una experiencia profesional mínima de dos años como Oficial de 2ª de Impresión en jornada completa, cumpliendo lo estipulado en la base cuarta de la convocatoria.
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Edad: Haber cumplido al menos 16 años y no superar la edad máxima legal de jubilación.
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Capacidad funcional: Contar con la aptitud física y mental necesaria para el correcto desempeño de las funciones propias del puesto.
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Antecedentes administrativos o judiciales: No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública mediante expediente disciplinario ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ciudadanos de otros Estados, no encontrarse en situación equivalente ni haber sido sancionado de forma que le impida el acceso al empleo público en su país de origen.