Descripción: La convocatoria se refiere al proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, específicamente para la especialidad fundamental de Medicina en el Cuerpo Militar de Sanidad.

Órgano convocante: Ministerio de Defensa.
Selección de: Personal estatutario, militar u otro.
Vía: Militar.
Titulación: Se especifica en la convocatoria.
Plazas: Se convocan un total de 39 plazas, todas ellas de acceso libre.
Ámbito geográfico: Nacional.
Observaciones: Se trata de un proceso de ingreso directo y promoción sin exigencia de titulación universitaria previa.
Plazos: El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 30 de mayo de 2024, con una duración de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Pruebas Selectivas: Se puede encontrar más información sobre la inscripción en las pruebas selectivas en el enlace proporcionado.
Disposiciones: La convocatoria fue dispuesta el 7 de mayo de 2024 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 9 de mayo de 2024.

Requisitos generales

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser mayor de dieciocho (18) años de edad, o cumplir dicha edad durante el año en curso.
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) No tener antecedentes penales.
e) No estar procesado, imputado, investigado o encausado en ningún proceso judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, órgano constitucional o órgano estatutario de las comunidades autónomas, ni estar inhabilitado de manera definitiva para el ejercicio de funciones públicas.
g) No haber sido dado de baja en un centro docente militar de formación por las causas establecidas en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas debido a un expediente por falta de aptitudes profesionales o condiciones psicofísicas.
i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características aquellas personas que hayan sido dados de baja en un centro docente militar de formación por la razón establecida en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
j) En caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o drogas durante un proceso de selección anterior, deberá haber transcurrido un periodo de un año, contado a partir de la fecha de exclusión, para poder participar nuevamente en el proceso de selección.
k) El personal militar no debe haber obtenido un resultado positivo en las pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas realizadas dentro del período de un año inmediatamente anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
l) No deben existir sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves anotadas con carácter firme en vía administrativa en el historial militar individual del aspirante.